resposabilidad mediata
resposabilidad mediata
Annotations
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Se ha probado en esta audiencia y de ello nos hemos ocupado extensamente en pasajes
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anteriores de este alegato la realización de múltiples actos ilícitos que a su vez
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encuadran en diversas figuras del Código Penal. Antes de entrar al análisis de la intervención
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de los procesados en estos actos conviene establecer cuál es la responsabilidad que
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cabe a aquellos que asumen una participación cuya particular característica consiste en
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que no se registra su presencia en el lugar y en el momento en que las actividades ilícitas
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se desarrollaron y cuya actividad radica en haber dado las órdenes generales a partir
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de las cuales el conjunto de delitos aquí presentados se cometió.
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Las órdenes a cuyo contenido más adelante me referiré, dadas desde la cabeza del aparato
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estatal significaron la asignación de una parte importante de este, provista de elementos
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materiales de toda clase a la realización de una cantidad de actividades comprensivas
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de muchos y graves delitos descriptos en el Código Penal.